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31 de julio, fecha límite de la jubilación forzosa de los médicos

Hasta el momento algunas categorías de trabajadores del Servicio Aragonés de Salud podían continuar trabajando pasados los 65 años. El próximo 31 de julio acaba este criterio y se forzará la jubilación de 322 de ellos, según los cálculos publicados en el BOA el pasado 3 de mayo. La Administración defiende esta medida como forma de crear empleo y equiparar las condiciones al resto de funcionarios. El colectivo médico ha sido el más beligerante con esta medida. El sindicato CESM cree que tras ello se esconde una forma de amortizar cientos de plazas en los próximos años y asegura que el paciente notará una merma en la calidad asistencial en un momento en el que las listas de espera han aumentado.

El resto de sindicatos de la mesa sectorial de sanidad firmaron este “Plan de ordenación de los recursos humanos del Servicio Aragonés de Salud”.

Según el BOA hay 88 médicos, 72 enfermeros, 86 técnicos sanitarios y 76 empleados de gestión y servicios trabajando con 65 o más años. El Gobierno de Aragón deja abierta la posibilidad a realizar algunas excepciones y “menos de 100”, según fuentes oficiales del Departamento, han enviado una solicitud de prórroga. Mientras tomamos esa decisión hemos mandado cartas para que tomen sus vacaciones”.

Por estas cartas han surgido críticas. Para Javier Sada, portavoz socialista en las Cortes de Aragón, esta medida “es una afrenta y agresión a los médicos en las formas de plantear su jubilación y en las formas, sobre todo, de que les impiden una despedida normalizada entre el médico y el paciente”. Además, añade, “está procediéndose a una descitación de los pacientes que tenían cita con estos médicos y que van a sufrir nuevas demoras, lo que contribuirá al constante incremento de las listas de espera que está produciéndose desde que Oliván es consejero de Sanidad.”

El sindicato CESM por su parte informa de que los días graciables (días “moscosos”, o de libre disposición y días por la P. V. 2012) sí que hay que disfrutarlos antes de la jubilación porque no dan derecho a reembolso alguno, pero que las vacaciones reglamentarias así como la parte proporcional devengada de la paga extra de Diciembre, sí que deberán ser retribuidas en el caso de no haberse disfrutado.

 
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