Economía y negocios

Arranca la primera campaña de Renta, que elimina las declaraciones a mano y la deducción por nuevas viviendas

El 1 de abril comienza la primera campaña de la Renta que ya no permitirá entregar declaraciones hechas a mano, por lo que aquellos contribuyentes menos familiarizados con internet, unos 35.000 en la última campaña, deberán acudir a las oficinas de Hacienda para cumplimentar su declaración usando medios informáticos, si bien se les ofrecerá cita previa con carácter especial para elaborar su declaración, según señalan los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha). Además del conocido sistema RENO, que permite acceder y modificar el borrador de la declaración sin necesidad de firma electrónica, este año la AEAT facilitará como novedad a los contribuyentes el PIN24H, una opción más para presentar la declaración sin necesidad de contar con la firma electrónica.

Más allá de las novedades en los trámites, ésta es la primera campaña en la que las viviendas adquiridas el año anterior (2013) ya no tienen derecho a deducción y lo mismo sucede para las obras de rehabilitación, ampliación y de adaptación para personas con discapacidad realizadas en la vivienda y cuyo importe haya sido satisfecho en 2013. Pero también hay otras novedades importantes, como la mayor carga fiscal que experimentan las ganancias patrimoniales especulativas (generadas en menos de un año). Ahora están incluidas en la base general del IRPF en lugar de en la base del ahorro, como sucedía hasta 31 de diciembre de 2012. Esto supone que tendrán que pagar más a Hacienda, ya que la base del ahorro tributa a tipos más fijos, del 21%, 25% o 27%, en función de la cantidad, mientras que la base general es más progresiva y con tipos más altos, que oscilan entre el 24,75% y el 52%, llegando al 56% en el caso de Andalucía, Asturias y Cataluña.

También conviene recordar que en 2012 se aprobó un gravamen complementario en función del nivel de renta, tanto para la base general – entre 0,75 y 7 puntos porcentuales- como para la base del ahorro –entre 2 y 6 puntos-.

Aunque la campaña presencial comenzará oficialmente el 12 de mayo, quienes no quieran esperar a recibir el borrador por correo postal podrán consultarlo a través de internet y confirmarlo a partir del 1 de abril si están de acuerdo con los datos facilitados por la Agencia Tributaria.

Las fechas clave de la Campaña de la Renta son:

1 de abril: Inicio de la campaña. Disponibles los servicios telemáticos del borrador y del servicio telefónico de información de renta

4 de abril: Inicio de las devoluciones solicitadas a través del borrador

23 de abril: Pueden presentar la declaración por Internet las personas obligadas a hacerlo (programa PADRE)

5 de mayo: Inicio del servicio de cita previa

12 de mayo: Inicio del servicio de confección de declaraciones en oficinas de la Agencia

25 de junio: Fin del plazo de presentación de declaraciones a ingresar con dimiciliación bancaria del primer plazo de ingreso

27 de junio: Fin del plazo para solicitar cita previa

30 de junio: Fin de la campaña

Quienes no reciban borrador, pero deban confeccionar la declaración por superar el umbral mínimo de ingresos, podrán presentarla telemáticamente a partir del 23 de abril. Pero si necesitan ayuda, tanto para realizar la declaración como para modificar el borrador, las oficinas de la Agencia Tributaria abrirán sus puertas a partir del 12 de mayo, pudiendo solicitar cita para ello a partir del 5 de ese mismo mes. Están obligados a declarar aquellos contribuyentes con salarios superiores a 22.000 euros brutos, así como los que ganan más de 11.200 euros si tienen más de un pagador y la suma de lo percibido por el segundo y restantes excede los 1.500 euros al año.

También hay que tener en cuenta que las comunidades autónomas tienen transferida la capacidad de aprobar sus propias deducciones en determinadas materias -como el alquiler de vivienda habitual- o realizar cambios en los tipos del IRPF, por lo que conviene estar al tanto de las peculiaridades propias de cada región.

Repaso por diez de los aspectos más importantes a tener en cuenta a la hora de presentar la declaración:

1. Ventajas para los planes de pensiones

Las personas que hayan realizado aportaciones a planes de pensiones deben revisar con detenimiento su declaración. En los ejercicios fiscales de 2012, 2013 y 2014 han aumentado los tipos del Impuesto sobre la Renta desde 0,75 a 7 puntos porcentuales adicionales, dependiendo del nivel de ingresos.

Gestha recuerda que estas aportaciones no sólo garantizarán unos ingresos al final de la vida laboral, sino también un ahorro fiscal desde un mínimo del 24,75% hasta un máximo del 52% de la inversión realizada, llegando al 56% en el caso de Andalucía, Asturias y Cataluña.

2. Solo deducción para viviendas compradas antes de 2013

Gestha recuerda que, los contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual o realizaran algún pago para su construcción antes al 1 de enero de 2013, mantienen el derecho a la desgravación en 2014 y sucesivos años siempre que hayan deducido por dicha vivienda en 2012 o años anteriores. Además, pueden deducirse hasta el 15% de las cantidades invertidas con un límite de inversión de 9.040 euros.

No obstante, en País Vasco y Navarra, que tienen su propio IRPF, pueden seguir practicando deducción por vivienda habitual, también los que adquieran vivienda o inicien su construcción con posterioridad a 1 de enero de 2013.

3. Hogares rehabilitados o adaptados para personas con discapacidad antes de 2013

Los Técnicos recuerdan también que los contribuyentes que hayan satisfecho cantidades antes del 1 de enero de 2013 para ampliar la superficie habitable de la vivienda habitual o llevar a cabo obras para su rehabilitación o adaptación para las personas con discapacidad, pueden continuar deduciendo los importes pagados este año, siempre que las citadas obras estén terminadas antes del 1 de enero de 2017. La desgravación ascenderá al 15% del importe invertido con un límite de inversión anual de 9.040 euros para ampliación y rehabilitación, mientras que la deducción para obras de adaptación de personas con discapacidad es del 20% (un 25% en Cataluña), con un límite de 12.080 euros.

4. Premio para la venta de inmuebles urbanos adquiridos en 2012

Aunque esta ventaja fiscal pasa desapercibida con bastante frecuencia, la compra de cualquier inmueble urbano realizada entre el 12 de mayo y el 31 de diciembre de 2012 tiene premio, ya que por su venta en 2013 y en ejercicios posteriores se puede lograr un ahorro del 50% respecto a la tributación que correspondería para antes de 12 de mayo de 2012. Eso sí, para evitar fraudes no se admiten adquisiciones a cónyuges, parientes hasta segundo grado y entidades relacionadas con el contribuyente.

5. Alquiler de inmuebles hipotecados

Los inmuebles adquiridos usando créditos hipotecarios en la época del ‘boom’ inmobiliario, habitualmente a precios elevados y que suelen estar vacíos, suponen un aumento de la factura fiscal en el IRPF porque el 1,1% de su valor catastral (incluso el 2% si éste no está revisado) se considera como un ingreso a ojos de Hacienda, algo que no se aplica en el caso de la vivienda habitual.

Gestha señala que, en los casos en los que los intereses abonados anualmente por el contribuyente a la entidad financiera más los restantes gastos del inmueble (comunidad, IBI, amortización, etc) superen el importe anual que el dueño recibe por su alquiler, la tributación por el IRPF no sólo será nula, sino que además puede generar rendimientos negativos que se compensen con otras posibles rentas que declare el contribuyente.

6. Impuestos para los premios de Lotería

Otra novedad de este año es que los premios de las loterías y apuestas organizadas por Loterías y Apuestas del Estado y por las comunidades autónomas, Cruz Roja Española y por la ONCE ya no están exentas del Impuesto sobre la Renta.

El gravamen no se aplica a los premios obtenidos antes de 2013 y se exige de forma independiente respecto de cada décimo, fracción o cupón de lotería o apuesta premiado. Están exentos del gravamen los premios cuyo importe sea igual o inferior a 2.500 euros y los que superan ese importe tributan a un 20% respecto de la parte que exceda de 2.500 euros. No obstante, el ingreso de este gravamen con carácter general lo efectúa la entidad organizadora (quien concede el premio), aunque los premios de loterías extranjeras deben tributar también y los ingresa el contribuyente.

7. Sube la carga fiscal para las ganancias especulativas

Desde 2013 las ganancias y pérdidas patrimoniales generadas en un año o menos de un año pasan a formar parte de la base imponible general tributando al tipo marginal, lo que en la práctica supone pagar más, ya que su gravamen puede variar desde el 24,75% al 52%, e incluso el 56% en Andalucía, Asturias o Cataluña.

Sin embargo, las ganancias y pérdidas patrimoniales generadas en un plazo superior a un año se integrarán en la base imponible del ahorro, que tiene tipos fijos más bajos. Así, el tipo impositivo será del 21% para plusvalías inferiores a 6.000 euros; el 25% para las que se encuentren entre los 6.000 euros y los 24.000 euros y del 27% para las superiores a 24.000 euros.

8. Ahorrar en la declaración con el pago a sindicatos, ONGs y partidos

Los Técnicos del Ministerio de Hacienda también recomiendan a los ciudadanos que revisen sus borradores si el año pasado contribuyeron generosamente con colegios de huérfanos o entidades similares, pagaron cuotas sindicales, de colegios profesionales con carácter obligatorio (éstas últimas con un límite de 500 euros) o de defensa jurídica contra el empleador, que podrían reducir los rendimientos hasta 300 euros.

Lo mismo sucede con los declarantes que hayan realizado donativos a alguna ONG, fundaciones, asociaciones declaradas de utilidad pública y, en definitiva, entidades acogidas a la Ley 49/2002, pidiendo siempre un recibo o certificado con sus datos identificativos, fecha e importe donado. El contribuyente podrá desgravarse entre un 25% y un 10% de sus aportaciones, estando exentas las ganancias patrimoniales consecuencia de la transmisión de bienes donados.

Las cuotas de afiliación y las aportaciones a partidos políticos podrán ser objeto de reducción en la base imponible con un límite máximo de 600 euros anuales. También dan derecho a la deducción del 25% las donaciones realizadas a los partidos políticos.

9. Cuenta ahorro-empresa para crear una sociedad

A todos aquellos emprendedores que el pasado año se animaron a poner en marcha una Sociedad Limitada Nueva Empresa, Gestha les recuerda que pueden deducirse el 15% de las aportaciones realizadas, con un límite de 9.000 euros anuales.

10. Incentivos para la financiación de los ‘business angels’ o del capital “semilla”

Los negocios que hayan disfrutado del apoyo de familiares y amigos también tienen ventajas fiscales. La ley de Emprendedores, en vigor desde el 29 de septiembre de 2013, establece un nuevo incentivo fiscal en el IRPF a favor de los "business angels" o de las personas que solo están interesadas en aportar capital para el inicio de una actividad o "capital semilla”, de modo que se puedan crear nuevas empresas incorporando a su accionariado a estos inversores por un plazo que oscila entre tres y doce años.

Este tipo de inversiones permite una deducción del 20% en la cuota estatal del IRPF de la inversión realizada al suscribir las acciones o participaciones de la sociedad, siendo 50.000 euros anuales la base máxima de la deducción, limitada a una participación nunca superior al 40% del capital de la entidad. Asimismo, se fija la exención total de la plusvalía al salir de la sociedad, siempre y cuando se reinvierta en otra entidad de nueva o reciente creación.

 
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