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Aprobada la reforma de la Ley de Montes

El Pleno de las Cortes de Aragón aprobaba este jueves la reforma de la Ley de Montes de la Comunidad Autónoma. Entre los principales objetivos que se marca es la simplificación de trámites, además del fomento de la actividad económica y el refuerzo de los vínculos entre la actividad agraria y la forestal, así como fortalecer la prevención de incendios. Votaban a favor de esta reforma el PP y el PAR, en contra CHA e IU y se abstenía el PSOE.

Los populares explicaban que el objetivo de la reforma de la ley es avanzar por una vía más eficaz en la protección, gestión y aprovechamiento de los montes de Aragón. Por parte del PAR, destacaban que el objetivo es el de cuidar los montes, mejorar el medio ambiente y prevenir incendios forestales.

Desde CHA consideran que lo que se pretende hacer es privatizar el monte y eliminar el control público y la protección del medio natural. En Izquierda Unida criticaban el perfil liberal con el que sale la ley e incide en el menor control público de los montes, primando su uso como "negocio".

En el PSOE admitían la necesidad de reformar la ley para adaptarla a los tiempos y necesidades actuales, de forma compatible con la defensa del medio rural, aunque este grupo apuesta por una norma más racional y apegada al territorio.

Las principales modificaciones introducidas en la ley pasan por una revisión de la definición legal de montes y, en relación con los proyectos de ordenación forestal y los planes técnicos, se amplía a quince años el plazo en que ha de afrontarse su revisión, así como la de los Planes de Ordenación de los Recursos Forestales

De este modo se rentabiliza durante mayor tiempo la inversión realizada para la aprobación de los mismos, desapareciendo con ello el trámite de autorización de los aprovechamientos de los montes privados que se ajusten al plan durante todo ese periodo.

Así, se simplifican algunos procedimientos administrativos como los relativos a la circulación con vehículos a motor en montes catalogados, las modificaciones sustanciales de la cubierta vegetal, los aprovechamientos de leñas y de choperas en montes privados y las repoblaciones forestales en fincas privadas.

La autorización administrativa exigida hasta ahora se sustituye por una comunicación previa por parte de los interesados a la administración en determinados supuestos de actuaciones en montes públicos no catalogados y privados.

En cuanto a los cambios relativos a las medidas de lucha contra los incendios forestales se articulan distintos instrumentos, como la modificación en la organización para la prevención y extinción, basada en la especialización y reparto de funciones bajo un único mando, y destacando la participación de las Administraciones locales en el protocolo de emergencias por incendios forestales. 

 
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