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Se inicia el proceso de relevo del Justicia de Aragón

El presidente de las Cortes de Aragón, José Ángel Biel, ha trasladado , a la Mesa y Junta de Portavoces la resolución por el que dicta el cese de Fernando García Vicente como Justicia de Aragón, transcurridos los cinco años de su mandato. 

El actual Justicia de Aragón inició el actual mandato el 19 de marzo de 2009, por tercera vez consecutiva, ya que ostenta el cargo desde el 20 de mayo de 1998. La expiración del plazo es uno de los motivos de cese que prevé la ley, lo motiva, en esta ocasión, el inicio del procedimiento de relevo. 

De esta forma se inicia el proceso de renovación del cargo que se producirá en los próximos meses, periodo en el que el actual Justicia permanece en funciones

Una vez dictada la resolución, el presidente lo comunicará al pleno y cuenta con un plazo de un mes para iniciar el procedimiento de elección regulado en el artículo ocho de la ley del justicia de Aragón (4/1985). Dicha resolución se publicará ahora en el BOCA, BOA y BOE.

El periodo electoral durará un máximo de tres meses en los que los grupos parlamentarios podrán proponer un único candidato por formación. Después, será la comisión de Reglamento y Estatuto de los Diputados la que emitirá en el plazo máximo de un mes un dictamen sobre la idoneidad y adecuación de los candidatos al perfil exigido.

Así, la ley reguladora de la figura del defensor del pueblo aragonés exige unos requisitos mínimos como que el electo sea mayor de edad, estar en plena capacidad de obrar y mantener la condición de vecindad civil aragonés.

Además, su régimen de incompatibilidades le exige no estar afiliado a formación política, sindicato, asociación empresarial, ostentar cargo público, pertenecer a la carrera judicial, fiscal o pertenecer al Tribunal Constitucional ni mantener actividad profesional, mercantil o laboral. No obstante, estos son requisitos de incompatibilidad, no de inelegibilidad, por lo que dispondría de un periodo de un mes desde que sea nombrado para renunciar a dichos puestos.

Tras el dictamen de la comisión, la elección se aprobará en sesión plenaria en la que requiere de una mayoría reforzada de tres quintos de parlamentarios, es decir, cuarenta votos favorables. Si ninguno de los candidatos alcanzara dicho nivel de acuerdo, se iniciará de nuevo el proceso hasta una tercera votación en la que se resolvería con aquel candidato que lograse un apoyo de la mayoría absoluta.

Después, según informa Europa Press, el nuevo Justicia deberá prestar juramento o promesa de acatar la Constitución y defender y proteger el estatuto de Autonomía, para con posterioridad tomar posesión ante la Mesa y Junta de Portavoces, relevando en ese momento al Justicia en funciones.

 
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