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El Gobierno de Aragón destina más de 650.000 euros para la inserción laboral

El Gobierno de Aragón, a través del INAEM, ha seleccionado las siete agencias de colocación encargadas de prestar los servicios que permitan la integración de desempleados en el mercado laboral. Para ello destina más de 650.000 euros, con el fin de que los demandantes de empleo inscritos en las oficinas del INAEM puedan acceder a un puesto de trabajo. Esta actuación, de la que se podrán beneficiar 704 personas, estará vigente hasta el 29 de diciembre de 2015.

La inserción se lleva a cabo a través de diferentes vías, una de ellas es la gestión de las ofertas de empleo que se realiza en las Oficinas de Empleo, también a través de los Programas integrales realizados por entidades sin ánimo de lucro y, por último, mediante los servicios que en estrecha relación con el INAEM, prestan la agencias de colocación.

Las agencias de colocación son entidades públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro que, en coordinación y en su caso colaboración con los servicios públicos de empleo, realizan actividades de intermediación laboral. El objetivo es proporcionar a las personas trabajadoras un empleo adecuado a sus características y facilitar a los empleadores las personas trabajadoras más apropiadas a sus requerimientos y necesidades.

Esta colaboración público-privada se ejecuta dentro del Acuerdo Marco realizado por el Servicio Público de Empleo Estatal para la selección de Agencias de colocación al cual se adhirió el Gobierno de Aragón y en línea con el Plan Estratégico del INAEM 2012-2015 como fórmula de gestión de las Políticas Activas de Empleo. Aragón se convierte así en una de las primeras comunidades autónomas que pone en funcionamiento esta iniciativa.

De este programa se beneficiarán 704 personas a las que se realizará un diagnóstico de empleabilidad con su correspondiente itinerario personal y a quienes se acompañará hasta su inserción con el objetivo conseguir trabajar un mínimo de seis meses.

No se considerará inserción ni las prácticas formativas o prácticas no laborales en empresas que no constituyan relación laboral. Tampoco tendrá la consideración de inserción el alta del trabajador desempleado como trabajador autónomo o por cuenta propia o como socio trabajador de una cooperativa o sociedad laboral, aún cuando dé lugar a su inclusión en un régimen de seguridad social por cuenta ajena.

Se considerará inserción cualquier tipo de contrato laboral por cuenta ajena que suponga el desempeño de un puesto de trabajo por cada una de las personas desempleadas remitidas por el INAEM, a las agencias adjudicatarias, incluyendo en todo caso los contratos de carácter indefinido, los contratos en prácticas, y los contratos para la formación y el aprendizaje.

 
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