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El PAR rechaza en el Senado la reforma de la Ley de Montes

Los tres senadores del Partido Aragonés en la Cámara Alta, José María Fuster, Rosa Santos y Belén Ibarz, rechazaban esta tarde en el pleno del Senado el Proyecto de Reforma de la Ley de Montes por considerar que “la reforma incorpora las reglas de explotación del trasvase Tajo-Segura, de cuya cuenca Aragón forma parte, y se ha el requisito de disponer del informe preceptivo del Gobierno de Aragón, que en cumplimiento del artículo 72.3 del Estatuto de Autonomía de Aragón señala que la Comunidad Autónoma emitirá un informe preceptivo para cualquier propuesta de obra hidráulica o de transferencia de aguas que afecte a su territorio”.

Fuster ha recordado que el Tribunal Constitucional, mediante su sentencia del 5 de febrero declaró la inconstitucionalidad y la nulidad de varias disposiciones de la Ley de Evaluación Ambiental, a raíz del recurso interpuesto por las Cortes de Aragón “ley a la que los senadores del PAR nos opusimos”. De la misma forma ha recordado que la Junta de Portavoces de las Cortes de Aragón aprobaron por unanimidad el pasado 4 de mayo una propuesta del Partido Aragonés que pedía, entre otras cosas, “informes jurídicos al Gobierno y al Parlamento autonómico” para asegurar que el proceso de tramitación de le Ley de Montes en el Congreso “respetara el Estatuto aragonés y la normativa aragonesa”. Pero “nada de eso se ha respetado”.

Fuster recuerda que a juicio del PAR el informe preceptivo debe solicitarse para cada trasvase, para la autorización de volúmenes que se acuerde trasferir cada año o en cada situación concreta desde el Tajo al Segura. Además, que una parte del acuerdo de gobernabilidad PP-PAR, incorporado como anexo en Aragón al programa de las elecciones generales de la coalición dice que ambos partidos se comprometen a la defensa y cumplimiento del artículo 19.3 del vigente Estatuto de Autonomía de Aragón que dispone que “corresponde a los poderes públicos aragoneses, en los términos que establece este Estatuto y de acuerdo con el principio de la unidad de cuenca, la constitución, la legislación estatal y la normativa comunitaria aplicables, velar especialmente para evitar transferencias de aguas a las cuencas hidrográficas de las que forma parte la Comunidad Autónoma que afecten a intereses de sostenibilidad, atendiendo a los derechos de las generaciones presentes y futuras”.

José María Fuster manifiesta que los senadores del PAR “hemos presentado 8 enmiendas de supresión correspondientes a las introducidas por el PP en el Congreso, relacionadas con el Trasvase Tajo-Segura”. Así mismo que la comisión del Congreso incorporó las enmiendas al texto del proyecto de Ley de Montes el día 13 de mayo, fecha en la que se acordó solicitar el informe preceptivo al que alude el artículo 72.3 del Estatuto de Autonomía de Aragón “es obvio que cuando fueron aprobadas estas enmiendas, no se había cumplido la sentencia del Tribunal Constitucional, a pesar de que ésta era la justificación del PP”.

Con las enmiendas presentadas el Partido Aragonés entiende "que se da cumplimiento al acuerdo de gobernabilidad, al Estatuto de Autonomía y a la sentencia del Tribunal Constitucional".

 
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