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¿Hace falta una normativa que regule la actividad en montaña?

La falta de una normativa específica sobre la mayoría de las actividades de ocio en el medio natural, deja en tierra de nadie determinadas actitudes. Los expertos se dividen entre los que piden un articulado que defina la responsabilidad de montañeros, barranquistas, esquiadores, guías o empresas y los que dicen, que si se dificulta la actividad con una prolija legislación, se echará de estos espacios a los visitantes.

Este último argumento lo defendía en una tertulia en Radio Huesca, Javier Garrido, presidente de la Asociación de Guías de Montaña.

Sin embargo el montañero y abogado, Julio Rojas, cree que la posible normativa facilitaría la actividad y mejoraría la seguridad.

Lo que es cierto es que la mayoría de las actividades de ocio que se desarrollan en la montaña conllevan un riesgo añadido. La clave es establecer la línea entre lo que se puede considerar un accidente propio de la actividad o una negligencia.

Y luego está la responsabilidad, que puede derivar en faltas administrativas, civiles o penales, en el peor de los casos, explica el comandante de la Guardia Civil, Pedro Garijo.

Cada vez hay más actividad en el medio natural. Solo las estaciones de esquí de la provincia registran más de un millón de usos al año, y eso que solo operan unos meses. A eso hay que añadir el montañismo, la escalada, el barranquismo, el rafting…actividades que conlleva situaciones contractuales y también accidentes que pueden requerir de la intervención de profesionales del derecho, dice el decano del Colegio de Abogados de Huesca, Angel Gracia.

Incluso hoy ya hay bufetes de abogados especializados que se ofrecen para defender a un esquiado que ha tenido un accidente o a un montañero que ha tenido que ser rescatado por una mala praxis de un guía que no contaba con la titulación necesaria.

 
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