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Los recurrentes a las plazas de policía local puntualizan sus actuaciones

Uno de los recurrentes a las plazas de policía local de Huesca ha pedido la palabra para dar a conocer nuevamente sus puntos de vista con relación a los acontecimientos vividos en los últimos días.

Enrique González-Estefani Aguilera, ha facilitado las alegaciones que se presentaron ante el juez y ha formulado un escrito de varios apartados.

COMUNICADO

1º-Deseo precisar que si hay cuatro funcionarios públicos, que han dejado de serlo, en función de un grave quebranto del derecho administrativo, no es por culpa de unos opositores, a los que la Ley y la Justicia les ampara y les ha dado la razón, sino por las actuaciones irregulares de un Ayuntamiento en unas Oposiciones, igualmente, públicas, por sus dilaciones y vanos recursos,  por la falta de dialogo y acuerdo con las partes afectadas, porque, hay que decirlo, todas son partes afectadas, y por unos ceses, por Decreto, a mi modo de ver, sin lógica alguna.

2º- Quienes han ganado este contencioso, después de nueve años de sufrimiento, incomprensiones, desgaste personal y costes económicos, han sido dos recurrentes, y lo podían, igualmente, haber hecho todos y cada uno de los opositores que se presentaron a estas dos plazas de policía local de Huesca, porque las irregularidades administrativas cometidas, a sabiendas, por el Ayuntamiento de Huesca, afectaron a todos. Por tanto, moralmente actuamos en nombre de todos. A los recurrentes les ampara el artículo 24 y 103 de nuestra Constitución Española. Léanselo.

3º- El Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en sus dos sentencias, en ningún caso habla de “errores administrativos”, y menos aún, como se ha publicado en algún Medio, de “error administrativo”. Esto es faltar a la verdad y confundir a la Opinión Pública. No hay un error administrativo.

Un error, conforme a Derecho, puede ser anulable, pero unas irregularidades administrativas, como estas, son nulas de pleno derecho.

Son irregularidades cometidas por el Ayuntamiento y de nulidad de pleno derecho, por su comisión. Esta es la verdad que aparece en el contenido de las citadas sentencias. Con la particularidad de condenar al Ayuntamiento en costas del juicio.

4º-Los recurrentes, que son dos seres humanos, opositores, que con esperanza, mérito, capacidad y crédito en las Instituciones Públicas acudieron a estas pruebas en el 2005, eran, un policía local que ya lo era,  y lo único que quería era trasladarse a la capital, y un opositor que aprobó todos los ejercicios, con nota, estando al final entre los tres primeros, pero, que “por extrañas circunstancias que solo sabe el Tribunal calificador”, se quedó en puertas de ser nombrado. En mi posesión, los exámenes probatorios, demostrativos, en cuanto a su calificación, de graves irregularidades, aunque, por ahora, no sean objeto de enjuiciamiento. 

5º-El Ayuntamiento, en este contencioso, siempre se ha negado a mantener cualquier posición de dialogo. Solo el Ayuntamiento, como parte en el procedimiento, podía acordar el mismo. Ha hecho un flaco favor a sus servidores y ha despreciado a los recurrentes. Y, dado que se está  faltando a la verdad y a la dignidad de quienes acudieron solicitando la tutela y amparo de los Tribunales, en estos momentos, puede hacer que no se llegue, si no cambian las actitudes y formas, a un acuerdo entre las partes, con el definitivo perjuicio para las mismas.

Es el Ayuntamiento el que, ahora, ante el Juzgado, está dispuesto a indemnizar a los recurrentes, pero debemos manifestar que, no valen los resarcimientos económicos, sin más, sino, tal como lo expresan los ex funcionarios públicos afectados, se trata, más que nunca, de que se haga justicia. A los recurrentes ya se les ha hecho, y por dos veces, en el 2008 y en el 2015. Y ahora la esperaran de este Juzgado de Huesca.

 
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