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Capella estrena ordenanza para regular el paso de ganado por el municipio

En el último pleno que celebraba el Ayuntamiento de Capella se aprobaba, por acuerdo plenario, la ordenanza municipal relativa a la regulación del tránsito de ganado por las vías públicas del término municipal. Este viernes se publicaba el texto íntegro en el BOP de Huesca y la entrada en vigor es a partir de este sábado.

Las quejas de los vecinos de las calles por las que pasa el ganado, relativas a las defecaciones de los animales, con el consiguiente perjuicio para la sanidad pública, son lo que fundamenta esta ordenanza, además al ser Capella, una localidad, eminentemente, agrícola y ganadero, el consistorio considera que había que buscar una solución para que el ganado pudiera transitar por las vías públicas que dan acceso a la vía pecuaria que discurre por parte de la calle Mayor de Laguarres.

La ordenanza pretende de regular este paso por el casco urbano de Capella siendo sujetos responsables del cumplimiento de la misma los ganaderos cuyo ganado transite por las vías públicas del municipio.

Queda prohibido el paso de ganado en vías públicas del término municipal de Capella, que se hallen incluidas dentro de la delimitación de los distintos núcleos urbanos del mismo, cualquiera que sea su naturaleza, con la excepción de las calles: Tuzaleta y La Fuente. El tránsito de ganado por estas vías podrá realizarse de lunes a viernes los meses de enero a junio y septiembre a diciembre, con excepción de los periodos de Semana Santa, Navidades y festivos recogidos en el calendario festivo autonómico de Aragón. Será libre el tránsito de ganado por las vías públicas de titularidad municipal de carácter rústico dentro del término municipal de este municipio.

El propietario del ganado será responsable de los desperfectos que los animales pudieran causar en las calles por las que transiten. Así mismo deberá proceder a la limpieza de la calle por la que transite el ganado en el plazo no superior a 3 días desde que se produzca el hecho.

Las infracciones de las normas contenidas en la presente ordenanza tendrán la naturaleza de leves (multa hasta 1.000 euros), graves (multa hasta 2.000 euros) o muy graves (multa hasta 3.000 euros).

 
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