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Los 8 de Yesa deciden recurrir la sentencia que los condena a pagar hasta 35.000 euros

En un comunicado a los medios de comunicación Los 8 de Yesa han informado que han recurrido al Tribunal Superior de Justicia de Aragón la sentencia que, el pasado mes de julio, les evitó la cárcel pero impuso multas económicas por lesiones a los agentes y ejercer resistencia a la autoridad. “No ha sido una decisión fácil”, explican pero consideran injusto tener que pagar una multa y las costas del juicio cuando aseguran que quedó demostrado que las cargas policiales fueron innecesarias y desproporcionadas y que buena parte de las lesiones de los agentes “se esfumaron”.

La cuantía económica que estableció el Juzgado de lo Penal nº1 de Zaragoza rebajó la indemnización a los agentes lesionados de 22.000 euros a 6.000 euros, pero a ello se suman 16.000 euros de multa más 13.000 por los costes del juicio. En total son 35.000 euros que los 8 de Yesa consideran injustos.

Arriel Domínguez explica que aunque no ha sido un proceso fácil y pensaron en resignarse, han decidido seguir "hasta el final" y recurrir a las estancias que sean necesarias.

Lo explican en el siguiente comunicado:

No ha sido una decisión fácil. Por un lado ha sido un proceso muy duro en la vertiente personal y humana. La formidable campaña de apoyo social e institucional que precedió al juicio nos supuso a nosotros y a muchas personas solidarias una gran cantidad de trabajo. La exposición pública antes y durante el juicio también ha sido motivo de estrés y nos ha exigido un gran esfuerzo. Ha sido y está siendo muy duro. Hemos robado mucho tiempo a nuestros seres queridos y hemos desviado mucha energía de nuestra vida diaria solo para defender nuestra dignidad.

Lo cierto es que no teníamos ganas de recurrir. El juicio había sido muy esperanzador: buena parte de las presuntas lesiones sufridas por los agentes se esfumaron. Quedó demostrado que la carga fue absolutamente innecesaria, injustificada y desproporcionada, puesto que las expropiaciones de tierras seguirían adelante en cualquier caso. Y se visionaron los vídeos donde en ningún momento se observa que ninguno de los acusados golpee a ningún guardia civil. Pero la sentencia nos parece muy insatisfactoria: aunque rebaja las indemnizaciones de 22.000€, que ya hemos pagado, a 6.000€, se nos impone una multa de 16.000€ y costas de 13.000€. Y se condena por delitos de resistencia y delitos y faltas de lesiones a los 8 cuando en los vídeos no se observa a ningún acusado lesionando.

Pero aún hay otra razón: no nos resignamos a aceptar que el sistema judicial español pueda tratar de criminales a un grupo de personas que protestaba pacíficamente ante lo que entendía como una injusticia. No nos merecíamos ser golpeados y humillados. No nos merecíamos la cárcel. No nos merecemos las multas. No aceptamos, no vemos normal, el que el derecho a la libertad de expresión y reunión se criminalicen. Ni podemos aceptar que esto nos pase personalmente, ni vamos a aceptar que esto ocurra en nuestra sociedad.

Con este recurso de cerca de cien páginas, queremos dejar constancia y defender que:

- El auto de la Audiencia Provincial de Zaragoza, previo al juicio, nos sitúa en clara indefensión ya que omite las pruebas gráficas y se basa únicamente en un relato de los hechos previo al juicio propio de la parte acusadora, en el que no se han podido tener en cuenta las pruebas aportadas por la defensa.

- El auto justifica la carga sin atender y valorar los principios indispensables de inevitabilidad - habiéndose reconocido en el juicio que los mandos no fueron informados del procedimiento administrativo-, fuerza mínima imprescindible y motivación ante una concentración pacífica. Gran parte de nuestra defensa se basó en señalar los fallos cometidos en la cadena de mando que condujeron a los hechos juzgados y en que la actitud y proceder de los concentrados antes, durante y después sólo contribuyeron a evitar males mayores.

- La sentencia omite las evidentes contradicciones entre los agentes, junto con las declaraciones del forense de la acusación que realizó los informes, a cerca de la pérdida absoluta de confianza y credibilidad de estos tras comprobar que le habían sido ocultadas circunstancias que hacían variar sustancialmente su valoración.

- La sentencia recoge que las pruebas gráficas no han sido valoradas por no apreciarse con claridad los hechos, cuando la defensa aportó una sincronización de los vídeos a mitad de velocidad y esta fue rechazada por no considerarse necesaria.

- Las múltiples pruebas gráficas son fundamentales. Allí se demuestra que los testimonios de los agentes no se corresponden con la realidad de los hechos y su correspondencia con los informes forenses iniciales sobre sus causas, así como con la ubicación, identificación y actitud de los condenados, desacreditando por lo tanto estas las declaraciones.

En parte nos hubiera gustado dejarlo estar. Nos hubiera gustado que acabara todo. La absolución ya nos la han dado decenas de miles de personas dentro y fuera de Aragón. Nuestra inocencia se ratifica cada vez que el frutero nos da ánimos, cada vez que nos para un ama de casa por la calle y nos dice que a quien deberían indemnizarnos es a nosotros, cada vez que la concejala o el alcalde de tal o cual pueblo te pregunta con gesto emocionado que como va, que cómo lo llevan en casa. La primera razón que nos lleva a recurrir es agradecer el inmenso apoyo recibido. Sin la solidaridad de la gente y de los representantes políticos de infinidad de instituciones aragonesas no habríamos llegado hasta aquí.

Gracias, habéis hecho fácil lo difícil.

 
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