Economía y negocios

Un centenar de empresas se interesan en cómo cumplir con el registro diario de horas de trabajo

Más de un centenar de personas han llenado el salón de actos de la Cámara de Comercio de Huesca para seguir la jornada en la que el jefe de la Inspección de Trabajo de Huesca, Ignacio Miguel Espiau, ha informado de la obligación que tienen las empresas de llevar un registro diario del horario de la jornada de todos sus trabajadores. Se trata de una jornada, organizada en colaboración con el Foro Empresarial Huesca Excelente, que ha puesto de manifiesto la incertidumbre, inquietud y dudas que tienen la mayoría de las pymes ante la correcta aplicación de este requisito.

El responsable de la Inspección de Trabajo ha subrayado que el modelo o forma de registro (electrónico mediante tarjeta o medios telemáticos, o físico mediante recogida de firmas) puede ser elegido libremente por cada empresa, siempre que refleje diariamente la hora de entrada y salida de forma permanente y objetiva, y siempre que garantice la fiabilidad e invariabilidad de los datos. Este registro ha de permitir realizar un cómputo mensual de horas extraordinarias y ordinarias. Debe estar en cada centro de trabajo, disponible para consulta o su requerimiento por la Inspección, y, además, cada trabajador debe recibir una copia del mismo.

Se trata de una obligación que está suscitando muchas dudas entre las pymes sobre la forma correcta de aplicar esta norma, en particular por no existir modelos prefijados y por la amplia casuística existente. Así, en la jornada de hoy, han surgido ejemplos sobre la dificultad que existen en algunas actividades para que los empleados fichen o firmen sus horas de inicio y fin de trabajo, al desarrollar sus jornadas sin tan siquiera acudir la sede de la empresa: comerciales, trabajadores del sector agrícola, docentes a distancia, asistencia domiciliaria, empleados en teletrabajo, etcétera.

Ignacio Miguel Espiau ha explicado que la Inspección de Trabajo está realizando requerimientos a las empresas en las que se determina que el registro que están llevando no es adecuado, así como que se están dictando sanciones en los casos en los que se detecta ánimo fraudulento. Ha recordado que hay establecidas sanciones en supuestos como la ausencia de registro, la no entrega del mismo a los representantes trabajadores, o al detectar la superación del límite legal de horas extraordinarias anuales.

 
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