Los Ayuntamientos están excluidos de la aplicación del Decreto de Espectáculos
El Gobierno de Aragón ha insistido, en el marco del curso Decretos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, que los Ayuntamiento están excluidos del Decreto de regula los espectáculos públicos extraordinarios y ocasionales. Desde el ejecutivo autonómico se afirma que “lo estaban antes y lo están ahora. Están excluidos cuando organicen espectáculos como verbenas, conciertos en la vía pública o en locales municipales con autorización multiusos.” De esta forma se ha querido zanjar cualquier duda existente ante el nuevo Decreto publicado y que, algunos Ayuntamiento afirmaban ponían en peligro sus fiestas patronales.
Esta exclusión no quiere decir, sin embargo, que los Ayuntamientos no tengan que atenerse a otras normas de carácter técnico que todos deben cumplir, con o sin el Decreto de Espectáculos.
Mª Angeles Júlvez León, directora general de Justicia e Interior, ha reconocido que “se trata de un Decreto que no tiene una aplicación fácil porque concurre con varias normas de rango superior. El cambio más importante ha sido permitir la entrada a este tipo de espectáculos a los menores mayores de 16 años y algunos aspectos que vienen a aumentar la seguridad”.
Esta misma jornada, en las que han participado Policías Municipales, Unidad de Policía Adscrita, Policía Nacional y Guardia Civil, se repetirá el próximo viernes con técnicos municipales.
El Decreto se articula sobre cuatro principios básicos: la seguridad, la calidad, la convivencia y el fomento y acceso de todos los ciudadanos a los espectáculos. Está estructurado en tres títulos:
Título I: Disposiciones comunes, en el que aborda el objeto, la finalidad y el ámbito de aplicación y definiciones.
Título II: Define los espectáculos públicos y las actividades recreativas ocasionales y extraordinarias.
Título III: Aborda la protección de los menores de edad, personas con discapacidad y consumidores y usuarios en general e introduce algunas mejoras para todo tipo de espectáculos públicos y actividades recreativas sujetos a la Ley 11/2005 Reguladora de los Espectáculos Públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.