Economía y negocios

El sector de la construcción firma su convenio colectivo hasta 2021 y la revisión salarial de 2018

La Asociación de Empresas de la Construcción y Obras Públicas de la provincia de Huesca, y los sindicatos UGT y CCOO han firmado el convenio colectivo del sector, que tendrá una vigencia desde 2017 hasta 2021, y que afecta a un gran número de empresas y trabajadores de la provincia. En cuanto a la revisión salarial, se contempla un incremento del 1,9% para el año 2017, y del 2% para 2018. Estas subidas se producen en concordancia con los acuerdos alcanzados por la Comisión Negociadora del VI Convenio General del Sector de la Construcción.

Desde CEOS-CEPYME Huesca se destaca que organizaciones empresariales y sindicatos han realizado un importante esfuerzo en el proceso de la negociación colectiva, contribuyendo a cumplir con una de sus principales funciones, como es preservar la paz social y configurar un marco de estabilidad para el sector.

Como cuestiones más destacadas del convenio firmado figuran:

La jornada ordinaria laboral en el caso de jornada partida, en cómputo anual, durante el periodo de vigencia del presente convenio será 1.736 horas.

En la subcontratación se hace hincapié en que la Ley 32/2006, de 18 de octubre, Reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción es específica para el sector en estos temas.

La subrogación prevista para el personal en contratas de mantenimiento de carreteras o vías férreas se amplía al ámbito de las redes de agua, concesiones municipales para el mantenimiento y conservación de aceras, pavimentos, vías públicas y alcantarillados. Cuando se produzca una subrogación, el personal objeto de la misma deberá mantener las condiciones económicas y sociales del Convenio si éste fuera el que le es de aplicación en la empresa cesante en el momento de la subrogación, aunque la empresa cesionaria o entrante viniese aplicando a sus trabajadores condiciones inferiores en virtud de un convenio estatutario de empresa. En definitiva se da prevalencia al convenio sectorial frente a posibles fraudes o abusos sobre la base del convenio de empresa.

Respecto de la jubilación, se actualiza su contenido de acuerdo con la normativa vigente y se establece que se podrán solicitar coeficientes reductores y anticipar la edad de jubilación siempre que ello no conlleve la modificación de las bases o tipos de cotización establecidos con carácter general para trabajadores y empresas.

Se crea un plus de conservación y se remiten a la negociación con la representación legal de los trabajadores el de guardia, retén, disponibilidad y sistemas de viabilidad invernal en contratas de mantenimiento de carreteras.

 
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