Sociedad
salud pública

¿Qué otras medidas se aplican con el nivel 2 de alerta sanitaria?

Otras medidas que contempla el decreto afectan al desarrollo de actividades culturales, deportivas, celebraciones o lugares de culto<br>

Además de un aforo máximo permitido del 50% en hostelería y el cierre de este a las 23:00 horas, así como agrupaciones máximas de hasta seis personas, el nivel 2 de alerta sanitaria limita otros ámbitos de la vida como celebraciones, lugares de culto o actividad deportiva.

En detalle, se permitirá, en celebraciones, un máximo de 20 personas en el interior de los establecimientos y 35 en el exterior, siempre que sean mesas de hasta seis personas. Además, continúa prohibida la pista de baile.

Respecto al comercio y otros servicios, se establece un aforo máximo del 50% en establecimientos minoristas y servicios profesionales abiertos al público, en hipermercados, medias y grande superficies, centros, parques comerciales o comercios que formen parte de ellos, en los puestos de los mercados en la vía pública, en academias, autoescuelas y centros de enseñanza, en bibliotecas, piscinas y zonas de baños, en centros deportivos, en museos, cines y teatros; en centros juveniles y en las zonas comunes de hoteles y otros alojamientos.

En actividades culturales y recreativas queda prohibida la venta de alcohol entre las 22:00 y las 8:00 excepto en la hostelería, queda prohibido también el consumo colectivo de bebidas en la calle o en espacios públicos ajenos a la hostelería. Continúan cerradas las peñas o locales de reunión similares.

Los deportes se practicarán sin público y tendrán una participación máxima de seis personas. Se establece además un 50% de aforo en los lugares de culto y en entierros y velatorios un máximo de 25 personas en espacios abiertos y 15 en espacios cerrados. Por último, en el transporte público regular en el que todos los ocupantes deban ir sentados y ocupar la mitad de los asientos. En el ámbito urbano la ocupación será del 75%.

Continúa prohibido el consumo en barra, el fumar en la vía pública si no se respeta la distancia mínima de seguridad y el uso obligatorio de la mascarilla para los que tengan más de seis años o no tengan problemas respiratorios.

 
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